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Preguntas frecuentes

El Régimen de Incorporación Fiscal es para aquellas personas físicas con actividades empresariales que obtengan ingresos de hasta dos millones de pesos anuales y que presenten el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones ante el SAT a más tardar el 31 de enero de 2022, manifestando que optan por continuar tributando en el RIF.

La Factura Electrónica en México es un tipo de Comprobante Fiscal Digital cuya principal característica es que se emite por medios electrónicos, supliendo así la existencia de las facturas físicas. La versión vigente de factura es el CFDI 3.3, la cual será sustituida por la Factura 4.0 de forma opcional durante 2022 y de forma obligatoria a partir del 01 de Enero de 2023.

Para ser válida, la facturación electrónica debe seguir los parámetros establecidos por la autoridad hacendaria en el país, el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Del mismo modo, requiere de una autenticación mediante un Sello Digital expedido por el mismo SAT.

Como contribuyente estás obligado a emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, CFDI, para poder desarrollar tu actividad económica con todas las garantías. Además, existen diferentes tipos de CFDI, los cuales tienen como función informar al Servicio de Administración Tributaria, SAT, acerca de los movimientos que hacemos.

Igualmente, estos tipos de CFDI sirven tanto para los contribuyentes que lo emiten como para aquellos que lo reciben como comprobante de la operación realizada, así como ayudan a mantener el orden de la llevanza de la contabilidad y en el cálculo de los impuestos y deducciones correspondientes.

Para el llenado del comprobante necesitas:

Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida, su nombre completo, el código postal de su domicilio fiscal, el régimen fiscal en el que tributa, así como el uso fiscal que le dará a la factura.
Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes, mercancías o descripción del servicio o del uso que amparen*.
Valor unitario consignado en número.
Importe total señalado en número.
Indicar cuando la prestación se pague en una sola exhibición o en parcialidades.
Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados, desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.
Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheque nominativos o tarjeta de débito, de crédito, de servicio o la denominada monedero electrónico que autorice el SAT).
Número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.

*Nota: El SAT pone a tu disposición una herramienta en la que podrás identificar la clave del Producto o Servicio que deseas facturar, para lo cual, deberás dar clic aquí.

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